INFORMATIVO NEG. COLECTIVA 2022

Estimados compañeros y compañeras

Junto con saludarles fraternalmente, pasamos a informar sobre el estado de la negociación entre el Sindicato y la empresa.

El lunes 30 de mayo, la directiva sindical, junto con nuestra abogada laboralista, depositamos en la Inspección del Trabajo nuestras reclamaciones jurídicas, ajustadas a nuestros intereses y derechos, relativas a la respuesta de la empresa a nuestro “Proyecto de Contrato Colectivo 2022-2024”. La contestación de la administración de Viña San Pedro Tarapacá S.A. (VSPT) negó los reajustes de remuneraciones y beneficios de acuerdo a la variación del IPC a todos los trabajadores de la Planta Isla de Maipo afiliados al Sindicato. Ello significa una arbitraria y discriminatoria acción según nuestro análisis legal, y atenta contra la unidad del contrato y contra la propia naturaleza del instrumento colectivo que busca establecer condiciones comunes (y no diferenciadas) de trabajo y remuneraciones por un tiempo determinado.

Por otra parte, reclamamos a la Inspección del Trabajo que la empresa VSPT, que hace parte del grupo Luksic, no cumple con el piso de la negociación y atenta contra los derechos de las mujeres y sus reivindicaciones sobre la corresponsabilidad parental, el derecho a la “Sala Cuna Universal” donde la mujer trabajadora no asuma ese costo, y en definitiva, requerimos que se aplique la Ley de Sala Cuna vigente en el Código del Trabajo como un derecho garantizado, y no convertir ese derecho laboral, como pretende la compañía, en un mero beneficio opcional y voluntario, eliminando a discreción el pago de la matrícula contenida en nuestro contrato colectivo en curso.

Asimismo, la respuesta de la empresa vitivinícola del grupo Luksic, incumple el piso de la negociación en la cláusula sobre el “Bono ROCE”. Además, reclamamos a la Unidad Fiscalizadora del Trabajo, la modificación unilateral del Contrato Colectivo vigente a través de una redacción ideológica que divide a los empleados entre trabajadores de primera y segunda categoría. Al respecto, la firma  mezcla confusamente bonos discrecionales y ambiguos, en vez de plantear clara y objetivamente el punto, como se hace con el “Bono ROCE”, que funciona de acuerdo a una meta anual del retorno de las utilidades provenientes de un capital invertido.

En materia de libertad sindical, la empresa ha enfatizado que los trabajadores que se encuentran con un contrato colectivo vigente, cuyos beneficios corresponden a un instrumento de otro sindicato de origen, no podrían negociar colectivamente mediante un nuevo sindicato al que se afiliaron. En este sentido, como comisión negociadora reclamamos que, de acuerdo a la jurisprudencia, una vez expirados los instrumentos del sindicato de pertenencia anterior, los trabajadores sí, efectivamente, pueden comenzar a recibir los beneficios conquistados por el último sindicato al que se asociaron.

No claudicaremos en defender a las mujeres trabajadoras y sus familias; en cautelar lo conquistado históricamente; y en persistir en la lucha por la igualdad de condiciones desde un enfoque de género. Este miércoles 1 de junio, comenzamos con la primera mesa de negociación, donde la directiva en representación de los trabajadores organizados, enfrentamos una empresa cuya respuesta ha sido hasta ahora notoriamente mezquina y discriminatoria frente a nuestras legítimas expectativas. En general, nuestras demandas se fundan sobre las positivas tasas de ganancia de la empresa en los últimos 10 años de ejercicio económico, y en particular, en los dos años de la pandemia de Covid-19.