Normas de “Rembolso de Salud Colectivo”

Enero de 2025, el Pleno Sindical actualiza y se establece la mecánica para otorgar el beneficio de salud a los Socios Adscritos al Contrato Colectivo de Trabajo firmado del Sindicato Nacional Viña San Pedro Tarapacá S.A. N°2, quienes podrán exigir por medio de “Documentos Originales” extendidos por facultativos Médicos, Oftalmólogo y Odontolos legalmente registrados.

Por la esencia de este beneficio en general, se ha normado de común acuerdo, el grado de importancia de cada beneficio si se ocupara el total del fondo.

Items a Reembolsar colectivamente:

    • Recetas Medicas
    • Atención Pediátrica (hasta 14 años)
    • Atención Dental
    • Recetas ópticas

    Detalle

    • Recetas Médicas: Compras de medicamentos con receta médica, timbradas por la farmacia.
    • Atención Pediátrica: niños menores de 14 años, sea de Fonasa o Isapres.
    • Atención Dental: Asistencia en instituciones dentales legales, solo por: Extracciones, Tratamiento de Conducto, Tapaduras y Limpieza Dental.
    • Recetas Ópticas: compra de lentes ópticos, con receta timbrada.

    Para tener derecho a reembolso de lo citado precedentemente, tiene que enviar fotos de los documentos al correo electronico de los dirigentes sindicales:

    sepulveda.msd@gmail.com

    molivares0591@gmail.com

    christiansin02@gmail.com

    Importante“: Una vez enviada la documentacion por correo electronico, se debe enviar la documentación original a la directiva, a la siguiente dirección:

    Edificio Corporativo CCU, Av. Vitacura 2670, piso 16, Las Condes, a nombre del Sindicato Nacional VSPT2

    Además, el “Monto Tope Mensual” asignado por Socio Adscrito al presente Contrato Colectivo de Trabajo Vigente es con tope de $ 50.000.– pesos a reembolsar por la empresa Viña San Pedro Tarapacá S.A., en la liquidación de sueldo.

    El cierre de entrega de los documentos será los días 15 de cada mes, pasada dicha fecha, el reembolso quedara para la liquidación del próximo mes calendario.

    Los documentos de pago tendran una antiguedad maxima de 60 dias, y si la demanda de un mes supera el fondo total, los reembolsos de medicamentos y atencion pediatrica se le considerara prioritario, y en caso que exista saldo del mes anterior, se icorporara el resto de las boletas, de lo contrario, quedara el reembolso para el siguiente mes en curso como primera prioridad.

    El comportamiento del fondo a reembolsar dichos beneficios, se revisara por la directiva sindical para cumplir con el equilibrio de las demandas de todos los trabajadores adscrito al Contrato Colectivo Vigente.

    La Directiva Sindical

    Sindicato Nacional Viña San Pedro Tarapacá S.A. N°2